Al contratar un seguro para las áreas comunes de la copropiedad, el punto que marca mayor diferencia frente a un seguro para áreas privadas es que durante este proceso debe participar el consejo de administración, el asesor de seguros y la compañía elegida.
Juntos deben trabajar y llegar a un consenso donde se ponga el bien común como prioridad. Adicionalmente, el seguro siempre se toma a nombre de la persona jurídica, debido a que los bienes comunes serán los que van a estar bajo el amparo y cobertura de incendio y terremoto. Si requiere más información sobre cuál es la forma adecuada de asegurar su copropiedad, comuníquese con nuestro asesor
Luis Bernardo Pérez
- Teléfono fijo: 444 63 50 Ext. 4109
A diferencia de otros productos, este producto se solicita como persona natural y si el propietario desea contratar una póliza de seguros para el área privada, no necesita consultar al consejo, pues puede tomar la decisión de forma autónoma y según sus necesidades particulares y los contenidos que desee incluir en ella.
Si requiere más información sobre cuál es la forma adecuada de asegurar el área privada y sus contenidos, comuníquese con nuestra asesora:
Mónica Rojas
- Teléfono fijo: 444 63 50 Ext. 4106