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¿Qué es el SOAT?

Febrero 2018

SOAT

El SOAT es un seguro obligatorio establecido por la ley con un fin netamente social, que tiene como objetivo asegurar la atención inmediata de las víctimas en caso de un accidente de tránsito y está diseñado para proteger tanto al asegurado como a los terceros involucrados en el accidente de tránsito.

Características:

  • Cubre a todos los involucrados en el accidente de tránsito, sin importar la causa del accidente.
  • No tiene límite de atención el número de personas que pueden ser afectadas.
  • Las sumas aseguradas por víctima cubren hasta $20.833.120 en gastos médicos y $19.531.050 para gastos funerarios. Estos valores no se reducen, son independientes de la naturaleza del accidente.
  • No se necesita pronunciamiento de autoridad alguna para atender a las víctimas.
  • Todos los vehículos automotores que circulen por el territorio nacional deben contar con el SOAT. Es de carácter obligatorio.
  • El pago de las respectivas indemnizaciones se hará sin ninguna investigación respecto a la responsabilidad en el accidente.

Beneficios:

Cubre los siguientes riesgos por cada persona, ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado:

  • Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios: 20'833.120,00
     
  • Incapacidad Permanente: 4'687.452,00
     
  • Muerte de la víctima y Gastos Funerarios: 19'531.050,00
     
  • Gastos de transporte y movilización de las víctimas: 261.414,00

Exclusiones del SOAT:

Los siguientes accidentes no son cubiertos por el SOAT:

  • Los causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.
  • Los ocurridos fuera del territorio nacional.
  • Los ocurridos en lugares no abiertos al tránsito público.
  • Los ocurridos como consecuencia de guerras, eventos de la naturaleza u otros casos fortuitos o de fuerza mayor originada por causas ajenas a la circulación del vehículo automotor.
  • El suicidio y la comisión de lesiones auto inferidas.

Obligaciones del tomador del SOAT:

  • Declarar el verdadero uso del vehículo automotor.
  • Pagar la prima correspondiente contra entrega del correspondiente Certificado de Seguro.
  • Mantener durante la vigencia de la póliza, el uso del vehículo declarado en el Certificado SOAT. Comunicar en caso de presentar algún cambio en la modalidad de uso de manera oportuna. La compañía de seguros podrá modificar el Certificado de Seguros de acuerdo con el nuevo uso y cobrar o devolver la prima que corresponda.
  • No permitir la conducción del vehículo automotor por menores de edad, personas que no posean licencia de conducir o que teniéndola no corresponda a la categoría requerida para el vehículo asegurado. Personas en estado de ebriedad, de drogadicción o en situación de grave perturbación de sus facultades físicas o mentales.
  • Comunicar a la compañía de seguros la transferencia de propiedad del vehículo automotor en el plazo de cinco (5) días de ocurrido el hecho.
  • Avisar de inmediato a la Compañía de Seguros, salvo caso de impedimento debidamente justificado. Asimismo, dejar constancia del accidente en la delegación de la Policía Nacional, exhibiendo el certificado de seguro. 
     

¿POR QUÉ ES NECESARIO
EL SOAT?

Los accidentes de tránsito representan uno de los peligros más comunes para los conductores y peatones, por ello es necesario contar con un seguro vehicular que mitigue el impacto del mismo, asegurando así que las víctimas reciban la atención médica requerida.
 

En que consiste la desmaterialización del SOAT:

El proyecto nace para dar cumplimiento a la resolución 4170 de 2016 en la que se establecen 3 cambios:

  • La expedición del SOAT debe hacerse con la información del RUNT (Registro Único Nacional de Transito).
  • La Autoridad de Transito deberá verificar la existencia del Soat en el RUNT (Registro Único Nacional de Transito).
  • La póliza pasará de ser física a digital, aun así el conductor del vehículo es responsable de tenerla a la mano ya sea en su celular o impresa.

TARIFAS SOAT 2018

MOTOS
CÓDIGO TARIFA CILINDRAJE (C.C.) PRIMA VALOR CONTRIBUCIÓN VALOR
TASA RUNT
PRIMA + CONT. +TASA RUNT
11 Menos de 100 c.c. $ 223.900 $ 111.950 $ 1.800 $ 337.650
12 Entre 100 - 200 c.c. $ 300.700 $ 150.350 $ 1.800 $ 452.850
13 Más de 200 c.c. $ 339.300 $ 169.650 $ 1.800 $ 510.750
14 Motocarros, Tricimotos y Cuadriciclos $ 339.300 $ 169.650 $ 1.800 $ 510.750

 
AUTOS FAMILIARES
CILINDRAJE (C.C.) MODELOS 2009 EN ADELANTE MODELO 2008 Ó ANTERIORES
PRIMA VALOR
CONT.
VALOR TASA RUNT PRIMA + CONT. +TASA RUNT PRIMA VALOR
CONT.
VALOR TASA RUNT PRIMA + CONT. +TASA RUNT
Menos de 1500 c.c. $ 198.900 $ 99.450 $ 1.800 $ 300.150 $ 264.000 $ 132.000 $ 1.800 $ 397.800
Entre 1500 - 2500 c.c. $ 242.400 $ 121.200 $ 1.800 $ 365.400 $ 301.800 $ 150.900 $ 1.800 $ 454.500
Más de 2500 c.c. $ 283.300 $ 141.650 $ 1.800 $ 426.750 $ 336.100 $ 168.050 $ 1.800 $ 505.950

 

CAMPEROS Y CAMIONETAS
CÓDIGO TARIFA CILINDRAJE (C.C.) MODELOS 2009 EN ADELANTE MODELO 2008 Ó ANTERIORES
PRIMA VALOR
CONT.
VALOR TASA RUNT PRIMA + CONT. +TASA RUNT PRIMA VALOR
CONT.
VALOR TASA RUNT PRIMA + CONT. +TASA RUNT
21 Menos de 1500 c.c. $ 353.300 $ 176.650 $ 1.800 $ 531.750 $ 424.900 $ 212.450 $ 1.800 $ 639.150
22 Entre 1500 - 2500 c.c. $ 422.100 $ 211.050 $ 1.800 $ 634.950 $ 500.200 $ 250.100 $ 1.800 $ 752.100
23 Más de 2500 c.c. $ 495.300 $ 247.650 $ 1.800 $ 744.750 $ 568.400 $ 284.200 $ 1.800 $ 854.400

 

 


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